Régimen mixto anual (General/Exonerado)
Ante la posibilidad que una empresa esté amparada bajo un régimen mixto anual, debiendo durante cierto período del año emitir de manera exonerada y el resto emitir bajo régimen general, implicará que la misma solicite e importe el tipo de CAE correspondiente y que configure en módulo de facturación electrónica según la modalidad en que deba operar.
El procedimiento detallado a continuación es solo una orientación y debe ser ejecutado por la propia empresa antes del cambio de régimen.
Ante cualquier duda sobre normativa, debe siempre recurrir a su asesor contable y/o consultar directamente en DGI.
Consideraciones
Una CAE (Constancia de Autorización para Emisión) es un archivo informático en formato XML, que permite identificar y numerar cada tipo de Comprobante Fiscal Electrónico. Es obligatorio contar con una CAE para poder emitir comprobantes.
Cuando una empresa factura bajo régimen general, deberá solicitar un CAE específico para cada tipo de comprobante. Este CAE se conoce como "CAE Común".
Cuando una empresa se encuentra exonerada, ya sea total o parcialmente, deberá siempre solicitar CAEs específicos para cada tipo de comprobante que emita. Estos, se conocen como "CAE Especial", ya que contienen detallado el tipo de exoneración y el causal de la misma.
Al momento de emitir comprobantes exonerados, la empresa deberá asegurarse de solicitar dicho CAE y de importarlo dentro de su empresa en Zetasoftware. No podrá emitir comprobantes exonerados si solo cuenta con CAEs comunes, ni comprobantes comunes si solo cuenta con CAEs especiales.
Si la empresa debe facturar de manera mixta (cierta parte del año bajo régimen general y cierta parte de manera exonerada), deberá asegurarse que tenga los CAEs específicos para cada tipo de comprobante para el régimen a utilizar.
Si está facturando exonerado y debe comenzar a facturar bajo régimen general
Ingresar al módulo de facturación electrónica, seleccionando CFEs desde el menú principal y luego la opción Ir al módulo CFEs.
Desde el menú lateral seleccione Configuración > Emisor y donde dice Tipo de Contribuyente, seleccione Régimen General. Confirme.
Este procedimiento deberá realizarse el día previo a comenzar a facturar bajo este régimen, tan pronto como sepa que la empresa ya no va a emitir más comprobantes en la fecha.
Si llegada la fecha no se cuenta con CAEs comunes, no será posible emitir comprobantes.
El mismo día que deba comenzar a facturar bajo régimen generarl, solicitar los CAEs correspondientes desde la web de DGI e importarlos en ZetaSoftware.
El procedimiento para ello se encuentra detallado en el siguiente enlace: Solicitud e importación de CAEs
Se asume que la empresa ya no cuenta con CAEs comunes, pero de hacerlo, no sería necesario solicitar nuevos.
Si está facturando bajo régimen general y debe comenzar a facturar exonerado.
Ingresar al módulo de facturación electrónica, seleccionando CFEs desde el menú principal y luego la opción Ir al módulo CFEs
Desde el menú lateral seleccione Configuración > Emisor y donde dice Tipo de Contribuyente, seleccione Exonerado y en Causal, indique la que corresponda.
Confirme.
Este procedimiento deberá realizarse el día previo a comenzar a facturar bajo este régimen, tan pronto como sepa que la empresa ya no va a emitir más comprobantes en la fecha.
El mismo día que deba comenzar a facturar bajo régimen generarl, solicitar los CAEs correspondientes desde la web de DGI e importarlos en ZetaSoftware.
El procedimiento para ello se encuentra detallado en el siguiente enlace: Solicitud e importación de CAEs
Se asume que la empresa ya no cuenta con CAEs Especiales, pero de hacerlo recomendamos no solicitar nuevos CAEs.
Si llegada la fecha no se cuenta con CAEs especiales, no podrán emitirse comprobantes.